Es algo que se repite todos los años y es que parece que en el mundo de la pesca, se trata de que haya cierta desinformación. Por ello, nada como leerse lo que dice la ley en cada caso.
El conocer de antemano la legislación de los lugares a los que queremos ir a pescar, nos librará de situaciones incómodas con los agentes que velan por el cumplimiento de la ley.
En segundo lugar, os dejo el enlace al Boletin Oficial de la Provincia de Pontevedra (BOPPO). Es importante recalcar que la legislación del Tramo Internacional del Río Miño, se cambia en agosto, por lo que en este caso, el BOPPO 168 del 31 de agosto del 2023, se cambiará en agosto de este año.
https://boppo.depo.gal/detalle/-/boppo/2023/08/31
En el apartado del MINISTERIO DE DEFENSA, aparecen los PDF de la Comandancia Naval del Miño, para la pesca profesional y para la pesca recreativa, en este orden.
Por eso dejé hace años la pesca en río, son una especie de chupópteros sin escrúpulos ni lógica alguna...un saludo Josiño
ResponderEliminarCierto Ricardo. Sin embargo hay especies muy interesantes.
ResponderEliminarSaludos